
Unificar tu deuda en una sola con una cuota más accesible
Cancelar tu préstamo vigente y el saldo de tu Tarjeta de Crédito
Válido para clientes que integran la cartera de consumo hasta el 31/03/2026. El otorgamiento del préstamo está sujeto a la evaluación crediticia y al cumplimiento de los requisitos comerciales y legales establecidos por el Banco. Las garantías deberán ser a satisfacción del Banco. El préstamo se otorgará bajo el sistema de amortización francés, con cuotas en pesos y a tasa fija. El impuesto de sellos será a cargo del solicitante. Las tasas de interés podrán variar en función del segmento al que pertenezca cada cliente. Consulte previamente las tasas vigentes y el Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA) acá . Plazos disponibles: 12, 24, 30, 36, 48, 60 y 72 meses. Ejemplo representativo: Préstamo personal para el segmento "Clientes Bancarizados con convenio de pago de haberes". Para un préstamo de $100.000 a un plazo de 72 meses, con primer vencimiento a los 30 días: Tasa Nominal Anual (TNA): 84,5% Tasa Efectiva Anual (TEA): 126,36% Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA): 166,91% (incluye alícuota de IVA sobre intereses del 21%) Valor de la primera cuota: $8.428,97 En caso de diferimiento del vencimiento de la primera cuota, se generarán intereses adicionales hasta la fecha de pago efectivamente acordada. Precancelación: La precancelación total o parcial del préstamo podrá estar sujeta a la aplicación de comisiones. Consulte el tarifario de cargos y comisiones vigentes acá (https://www.bancosanjuan.com/comisiones-y-tasas). En el caso de precancelación total, no se aplicarán comisiones cuando, al momento de realizarla, haya transcurrido al menos la cuarta parte del plazo original de la financiación o 180 días corridos desde su otorgamiento, lo que resulte mayor. Condiciones generales: Los términos de la presente comunicación no resultan vinculantes para el Banco, quien se reserva el derecho de modificar o discontinuar la línea de crédito en cualquier momento y/o rechazar solicitudes de préstamos conforme a lo establecido en el Artículo 974 del Código Civil y Comercial de la Nación. El solicitante tendrá derecho a revocar la aceptación del producto o servicio dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción del contrato o de la disponibilidad efectiva del producto o servicio, lo que ocurra último, debiendo notificar dicha revocación de manera fehaciente al Banco.